Comercializar suplementos alimenticios en el consultorio es una vía legítima de diversificar ingresos, pero debe realizarse bajo el estricto marco del Artículo 215 de la Ley General de Salud y el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
Preguntas Frecuentes
🧮 Herramientas y Calculadoras Relacionadas
Pon en práctica lo aprendido en este artículo con nuestras calculadoras especializadas:
📚 Guías y Artículos Clínicos Recomendados
LEGAL
Leer Guía →
Publicidad médica en salud y COFEPRIS: Lo que un nutriólogo puede y no puede publicar
Cuidado con lo que subes a redes sociales. Todo sobre el Aviso de Publicidad ante COFEPRIS, la ...
LEGAL
Leer Guía →
Nutriólogo vs Health Coach vs Asesor Nutricional: Diferencias legales en México
Defiende tu profesión. Qué puede hacer legalmente un coach de hábitos y en qué momento incurre ...
LEGAL
Leer Guía →
Contrato de confidencialidad y aviso de privacidad para pacientes de nutrición
Los datos antropométricos y de salud son considerados datos personales sensibles por el INAI. E...